Ayuntamiento de Barcelona

IBI - Impuesto sobre bienes inmuebles

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Subvenciones del impuesto sobre bienes inmuebles

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES: inquilinos titulares de familia numerosa

Concepto
El Ayuntamiento concederá una subvención correspondiente al domicilio habitual a aquellas personas que sean inquilinos, titulares de familia numerosa a quien el propietario repercuta el IBI.

Cantidad
El importe de la subvención será de 102,25 euros sobre la cuota líquida del impuesto correspondiente al domicilio habitual, con el límite que este importe represente como máximo el 90% de la cuota. En caso de que la cantidad indicada supere el 90% de la cuota, se disminuirá la misma hasta el porcentaje indicado. Esta cantidad es la misma para la bonificación del impuesto sobre bienes inmuebles de la vivienda habitual para propietarios y titulares de familia numerosa.
En los casos en que dentro de la familia numerosa exista uno o más miembros con alguna discapacidad el importe de la subvención será de 126,97 euros sobre la cuota líquida del impuesto correspondiente al domicilio habitual, con el límite que este importe represente como máximo el 90% de la cuota. En caso de que la cantidad indicada supere el 90% de la cuota, se disminuirá la misma hasta el porcentaje indicado. Esta cantidad es la misma para la bonificación del impuesto sobre bienes inmuebles de la vivienda habitual para propietarios y titulares de familia numerosa.

Órgano gestor
Esta subvención se gestiona por el Institut Municipal d'Hisenda

Más información: Bases reguladoras - Convocatoria
Trámite informativo: Subvención del IBI para personas inquilinas titulares de familia numerosa

Modelo de instancia para solicitud de la subvención
Solicitud de subvención para titulares de familia numerosa

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES: familia monoparental

Concepto
El Ayuntamiento otorgará una subvención correspondiente al domicilio habitual a aquellas personas que sean titulares de familia monoparental con hijos de entre 7 y 8 años o titulares de familia monoparental con hijos menores de 6 años, ya sean sujetos pasivos del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) o inquilinos, a quien el propietario repercuta el IBI.

  • Familias monoparentales con hijos menores de 6 años:
    El Institut Municipal d'Hisenda envía una hoja presolicitud a los titulares de familia monoparentales a los que la Secretaria de Families del Departament de Benestar Social i Família de la Generalitat de Catalunya, les haya otorgado la prestación económica de carácter universal por niño a cargo.
  • Familias monoparentales con hijos de entre 7 a 8 años: Se tendrá que hacer la solicitud de la subvención, en el plazo establecido en la convocatoria (hasta el 30 de junio de 2011).
    Los niños han de tener hasta ocho años el 31 de diciembre del año anterior al de la convocatoria de la subvención.

Cantidad
El importe de la subvención será de 102,25 euros sobre la cuota líquida del impuesto correspondiente al domicilio habitual, con el límite que este importe represente como máximo el 90% de la cuota. En caso de que la cantidad indicada supere el 90% de la cuota, se disminuirá ésta hasta el porcentaje indicado.
En los casos en que dentro de la familia numerosa exista uno o más miembros con alguna discapacidad el importe de la subvención será de 126,97 euros sobre la cuota líquida del impuesto correspondiente al domicilio habitual, con el límite que este importe represente como máximo el 90% de la cuota. En caso de que la cantidad indicada supere el 90% de la cuota, se disminuirá ésta hasta el porcentaje indicado.

Órgano gestor
Esta subvención se gestiona por el Institut Municipal d'Hisenda

Más información: Bases reguladoras - Convocatoria

Tramitar por Internet: Subvención del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) para familias monoparentales

Modelo de instancia para solicitud de la subvención
Solicitud de subvención para inquilinos titulares de familia monoparental

Solicitud de subvención para propietarios titulares de familia monoparental

Fecha de actualización: 27/06/2011