Ayuntamiento de Barcelona

IVTM - Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica

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Información de interés sobre vehículos

Canvio de nombre de vehículos entre particulares

El primer paso será abonar el impuesto de transmisiones patrimoniales. Más información en el trámite: Impost sobre transmissions patrimonials oneroses de vehicles usats

Para realizar este trámite es necesario tener pagado el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del año anterior al del cambio.

Transmitente y adquirente tienen que cumplimentar y firmar conjuntamente el impreso de solicitud correspondiente, aportar toda la documentación y abonar la tasa en la Jefatura de Tráfico.

Consulte los requisitos, la documentación necesaria y descargue el impreso de solicitud en www.dgt.es

Baja de vehículos

La baja es el trámite por el cual el titular de un vehículo comunica en la Jefatura de Tráfico que lo retira de la circulación (temporal o definitivamente).

Para realizar este trámite es necesario tener pagado el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del año anterior al del cambio.

Son bajas definitivas:

  • Cuando se quiere enviar el vehículo a desguace.
  • Si el vehículo se traslada a otro país.

La baja temporal de un vehículo puede estar motivada en:

  • Motivos personales.
  • Por la entrega de un vehículo en un compraventa.
  • Por sustracción del vehículo.

Los vehículos dados de baja temporal no pueden circular.

Consulte los requisitos y la documentación necesaria en www.dgt.es

Cambio de domicilio del titular del vehículo

Es obligatorio notificar en la Jefatura de Tráfico los cambios de domicilio de los titulares de vehículos y actualizar el permiso de circulación.

Consulte los requisitos y la documentación necesaria en www.dgt.es