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La Agencia de la Vivienda de Cataluña otorga estas subvenciones a personas que ya fueron beneficiarias en el ejercicio 2021, de acuerdo con la Orden MAH/402/2009, de 5 de agosto, que el 31/12/2012 tenían 65 años o más, con resolución favorable otorgada en 2010. La ayuda en cuestión consta de una cuantía de, como máximo, 240€ mensuales y un mínimo de 20€ mensuales.
Estas ayudas están destinadas a todas las personas que residan en la ciudad de Barcelona, en riesgo de exclusión social según el artículo 2.5 de las bases, y que sean titulares de un contrato de alquiler de la vivienda donde residan con carácter habitual y permanente y que acrediten unos ingresos de la unidad de convivencia no superiores a los que se fijan en la correspondiente convocatoria de prestaciones.
Consulta en estos enlaces la resolución de la ayuda y la declaración responsable de ingresos percibidos.