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Cuantía y plazo de la solicitud
Cuantía: La subvención consiste en un pago único que subvencionará el alquiler anual del año de la convocatoria. Con una cuantía total mínima de 240€ y máxima de 2.400€, su importe será: · Del 20% del importe del alquiler o del precio de cesión anual cuando el esfuerzo para pagar el alquiler o el precio de cesión sea igual o inferior al 30% de sus ingresos, ponderados de acuerdo con el que dispone el apartado 1 de esta base reguladora. · Del 30% del importe del alquiler o del precio de cesión anual cuando el esfuerzo para pagar el alquiler o precio de cesión sea superior al 30% e inferior al 40% de los ingresos ponderados, de acuerdo con el que dispone el apartado 1 de esta base reguladora. · Del 40% del importe del alquiler o del precio de cesión anual cuando el esfuerzo para pagar el alquiler o precio de cesión sea igual o superior al 40% de los ingresos ponderados, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda, y un mínimo de 240 euros anuales por vivienda, cuando el importe de subvención resultante sea inferior a esta cantidad. · Para el cálculo de la subvención, los ingresos de la unidad de convivencia que no sean superiores a 2,977736 veces la IRSC se tienen que multiplicar, según el número de miembros que la integren. · Para determinar la cuantía de la subvención, se tendrá en cuenta el importe del último recibo del alquiler o del precio de cesión pagado en el momento de presentar la solicitud. A tal efecto, se incluye al importe del recibo del alquiler o del precio de cesión el de la renta o precio, los atrasos y los importes correspondientes a la repercusión de las obras de mejora, del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) y de la tasa por el servicio de recogida de basura.
La subvención se otorga para el año de la convocatoria. Para personas titulares de contratos de alquiler firmados entre el 1 de enero del año de la convocatoria y la fecha en que se acaba el plazo de presentación de solicitudes, el importe de la subvención será por la cuantía correspondiente a las mensualidades incluidas entre el mes posterior a la fecha de vigencia del contrato presentado en el momento de hacer la solicitud y el mes de diciembre del año de la convocatoria, con un importe máximo mensual de 200 euros y un importe mínimo mensual de 20 euros.
Plazo: La subvención se otorga para el año de la convocatoria.