Per a tot tipus d'informació i tràmits, recomanem que sol·liciti
La tramitación y la gestión de este procedimiento es a cargo de las entidades colaboradoras a que hace referencia el punto 6 de esta Resolución.
El pago de las mensualidades se efectuará cuando las personas beneficiarias hayan presentado los justificantes de los recibos de alquiler pagados, una vez notificada la correspondiente resolución, y el pago se ajustará al importe del recibos presentados, de acuerdo con los siguientes plazos:
1.º plazo de justificación: El pago de las mensualidades correspondientes a los meses de enero a noviembre de 2023 se imputarán en el presupuesto correspondiente al ejercicio 2023, previa justificación mediante la presentación de los correspondientes recibos de alquiler, hasta el 30.11.2023, como máximo.
2.º plazo de justificación: El pago correspondiente al resto de mensualidades del 2023 no justificadas a fecha 30.11.2023, se imputarán en el presupuesto del ejercicio 2024, previa presentación de los correspondientes recibos de alquiler, hasta el 29.03.2024, como máximo.
Los importes correspondientes a los recibos que no se hayan justificado antes del 29 de marzo de 2024 no se pagarán a los interesados.