Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas que sean propietarias de una vivienda del mercado libre que pongan a disposición de la Borsa
d’Habitatges de Lloguer de Barcelona u otros programas sociales de la ciudad de Barcelona y siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el apartado 5 y que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes:
También podrán resultar beneficiarios los miembros de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad, que sean propietarias de una vivienda del mercado libre el que pongan a disposición de la Borsa d’Habitatges de Lloguer de Barcelona u otros programas sociales de la ciudad de Barcelona y siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la Base 5.