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Consorci de l'Habitatge de Barcelona

Documentación

Documentación general

Junto con la solicitud se debe presentar la siguiente documentación:

  • DNI/NIE/NIF o documento equivalente de la persona solicitante y, en su caso, de cada uno de los propietarios.
  • Nota simple registral o escritura pública acreditativa de la propiedad de la vivienda.
  • Documentación acreditativa del apoderamiento vigente para el caso de que la propiedad actúe mediante representante legal o se trate de una persona jurídica o agrupaciones de propietarios.
  • Formulario de datos bancarios para poder realizar el pago de la subvención, a nombre de los beneficiarios de la subvención, firmada por éstos y con la diligencia de conformidad de la entidad bancaria.
  • Autorización de la/s persona/s solicitante/s para que los órganos que gestionan las solicitudes puedan pedir y obtener datos relacionados con la tramitación y seguimiento de la solicitud a otros organismos públicos.
  • Informe de la Borsa d’Habitatges de Lloguer de Barcelona o de otros programas sociales de la ciudad de Bracelona que se tramitará de oficio.

Documentación específica para las subvenciones reguladas en el apartado 2.b) (Viviendas con procedimiento judicial en trámite por impago de las rentas de alquiler):

  • Contrato de arrendamiento por el que se ha iniciado el procedimiento judicial de impago de las rentas de alquiler.
  • En su caso, demanda y/o sentencia o decreto judicial por impago de las rentas de alquiler.
  • Documento de cuantificación de la deuda firmado por la propiedad y validado por el Consorci de l’Habitatge de Barcelona. Si el importe de la subvención no cubre la totalidad de la deuda existente, se deberá acreditar documentalmente la renuncia a cualquier reclamación económica posterior sobre esta deuda.

Las personas solicitantes que autoricen al órgano gestor para que pueda obtener de forma electrónica los datos necesarios para la gestión de estas subvenciones y su mantenimiento, no deberán aportar la documentación de los apartados 6.1.a) y 6.1. b).

La documentación recogida en los apartados 6.1.a), 6.1.b) y 6.1.c), o cualquier otra que ya esté en poder de la Borsa d’Habitatges de Lloguer de Barcelona u otros programas sociales de la ciudad de Barcelona no será necesario que vuelva a ser presentada pues corresponderá al Consorci de l’Habitatge de Barcelona realizar la cesión de los datos.

El Consorci de l’Habitatge de Barcelona podrá solicitar documentación complementaria para ampliar su conocimiento sobre la solicitud presentada.