Estas subvenciones son incompatibles con otras ayudas, prestaciones o subvenciones procedentes de administraciones públicas u otras entidades que tengan la misma finalidad, a excepción de la bonificación del 95% de la cuota del Impuesto de Bienes Inmuebles regulada por la ordenanza fiscal del Impuesto, aprobada por el Ayuntamiento de Barcelona para aquellas viviendas declaradas de espacial interés de utilidad municipal.
Además, estas subvenciones son incompatibles entre sí, por lo que no se podrá obtener una resolución favorable de las dos líneas de subvenciones reguladas en esta convocatoria (2.a) y 2.b).).