Cuantía: La cuantía de la subvención será:
Sólo se podrá reconocer el derecho a percibir esta subvención siempre que la solicitud reúna todos los requisitos establecidos y siempre que haya disponibilidad presupuestaria para poderla conceder.
Las subvenciones a las que hacen referencia esta convocatoria tienen carácter voluntario y eventual y se conceden por concurrencia no competitiva y se otorgan por vivienda y en un solo pago. No generan ningún derecho a la obtención de subvenciones en años posteriores y no se pueden alegar como precedente.
El derecho a la percepción de la subvención se genera cuando se formaliza el contrato de arrendamiento a través de la Borsa d’Habitatges de Lloguer de Barcelona u otros programas sociales de la ciudad de Barcelona siempre que se disponga de un informe favorable de estos servicios.
Plazo: El plazo para la presentación de las solicitudes se inicia al día siguiente de la publicación en el DOGC y en el BOPB y finaliza el dia 5 de diciembre de 2024 incluido.
Se podrá cerrar el plazo de admisión de solicitudes de las subvenciones en una fecha anterior en función de las disponibilidades presupuestarias. La presentación de la solicitud no implica el reconocimiento de ningún derecho económico a favor de las personas solicitantes.